Desde el 1 de marzo de 2026, acudir a la justicia civil vuelve a tener un coste: una tasa de 50 euros. Esta « contribución para la asistencia jurídica » (contribution pour l’aide juridique) sorprende a muchos justiciables — y no afecta solo al tribunal laboral. Abogado del Colegio de Abogados de Mulhouse, le explico quién debe pagarla, quién está exento y cómo abonarla, para que su gestión no se vea retrasada.
Una tasa de 50 € para acudir al juez
Restablecida por la ley de presupuestos para 2026 (ley de 19 de febrero de 2026), la contribución para la asistencia jurídica adopta la forma de una tasa fiscal desmaterializada de 50 euros (artículo 1635 bis Q del código general de impuestos, code général des impôts). Se aplica a los procedimientos iniciados desde el 1 de marzo de 2026.
¿Qué procedimientos están afectados? (no solo el tribunal laboral)
La tasa se debe por los procedimientos de primera instancia en materia civil y laboral, presentados ante el tribunal civil (tribunal judiciaire) o el tribunal laboral (conseil de prud’hommes). No se limita, por tanto, al tribunal laboral: numerosos asuntos de familia y numerosos litigios civiles entre particulares también están afectados. En cambio, la materia penal no está incluida.
A tener en cuenta: el divorcio de mutuo acuerdo (por acta de abogados, sin juez) no inicia un procedimiento ante un órgano jurisdiccional: no está afectado por esta tasa.
¿Quién debe pagarla?
Es la parte que inicia el procedimiento — el demandante — quien abona la tasa, o su abogado por ella. Se debe por cada procedimiento: hay que pagarla antes de acudir al órgano jurisdiccional y adjuntar el justificante a la demanda.
¿Quién está exento?
La ley prevé importantes exenciones. En particular, no tiene que pagar la tasa si se encuentra en alguno de estos casos:
Están exentos, en particular:
- los beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita (aide juridictionnelle);
- la solicitud de orden de protección (ordonnance de protection, violencia de pareja, matrimonio forzado);
- los procedimientos de sobreendeudamiento, de reestructuración o de liquidación judiciales;
- el proceso monitorio (injonction de payer, y la oposición);
- la homologación de un convenio parental;
- los procedimientos ante el juez de menores (juge des enfants), el juez de tutelas (juge des tutelles), el juez de libertades y de la detención, en materia de atención psiquiátrica sin consentimiento, o de indemnización de las víctimas de infracciones (CIVI).
Esta lista es limitativa: conviene verificar caso por caso si una exención se aplica a su situación.
¿Cómo pagarla?
La tasa se adquiere únicamente en línea, con tarjeta bancaria, en el sitio oficial de las tasas electrónicas (timbres.impots.gouv.fr). Recibirá un justificante — un PDF con un código para escanear, o un SMS con un identificador — que debe adjuntar a su demanda. La tasa es válida 12 meses; si no se utiliza, puede reembolsarse dentro de los 18 meses siguientes a la compra.
¿Y si la tasa no se paga?
La ausencia de tasa puede hacer que su demanda sea inadmisible — pero no de inmediato: el órgano jurisdiccional debe primero invitarle a subsanar en un plazo de un mes. Solo a falta de subsanación puede declararse la inadmisibilidad. Por ello es esencial no dejar pasar este plazo.
Mi acompañamiento
Cuando le represento, me encargo de esta formalidad: compra de la tasa, verificación de una eventual exención, y presentación del justificante con su demanda — a fin de evitar que un defecto de tasa retrase su procedimiento. Está acompañado en cada etapa, en el respeto del secreto profesional. Las condiciones de honorarios se fijan con claridad desde el principio, en un convenio escrito.
¿Una acción que emprender ante el juez en Mulhouse o en el Haut-Rhin?
Preguntas frecuentes
¿Hay que pagar para acudir a la justicia desde 2026?
Sí. Para los procedimientos civiles iniciados desde el 1 de marzo de 2026, debe pagarse en principio una tasa de 50 euros (la contribución para la asistencia jurídica, contribution pour l’aide juridique). La materia penal no está afectada.
¿La tasa de 50 € afecta solo al tribunal laboral?
No. Afecta a la primera instancia en materia civil y laboral, ante el tribunal civil (tribunal judiciaire) o el tribunal laboral (conseil de prud’hommes) — por lo que también, por ejemplo, a numerosos asuntos de familia y litigios civiles.
¿Quién debe pagar esta tasa?
La parte que inicia el procedimiento (el demandante), o su abogado por ella. Se debe por cada procedimiento y debe abonarse antes de acudir al órgano jurisdiccional.
¿Estoy exento si tengo la asistencia jurídica gratuita?
Sí. Los beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita (aide juridictionnelle) están exentos de la tasa. Otros procedimientos también lo están, como la orden de protección (ordonnance de protection, violencia), el sobreendeudamiento o el proceso monitorio (injonction de payer).
¿Qué ocurre si no pago?
Su demanda puede declararse inadmisible, pero solo después de que se le haya invitado a subsanar en un plazo de un mes. El pago se efectúa en línea, mediante tasa electrónica.
Este artículo presenta información general sobre el estado del derecho y no constituye una consulta jurídica. Cada situación es particular: para el estudio de la suya, póngase en contacto con el despacho.